Compartir
19.02.2020 Accesibilidad

Autismo España celebra la derogación del artículo del Estatuto de los Trabajadores que regulaba el despido objetivo por faltas de asistencia

Autismo España celebra la derogación del artículo del Estatuto de los Trabajadores que regulaba el despido objetivo por faltas de asistencia

Desde Autismo España celebramos que se haya derogado el Art. 52 d) del Estatuto de los Trabajadores, precepto que regulaba la modalidad de despido objetivo por faltas de asistencia al trabajo, que castigaba de manera más aguda a los trabajadores con discapacidad.

El articulo derogado  permitía que el empresario pudiera despedir al trabajador cuando este acumulase una serie de faltas de asistencia, concretamente establecía que se podía despedir: Por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas pero intermitentes, que alcancen el veinte por ciento de las jornadas hábiles en dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el veinticinco por ciento en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses.”. Este precepto suponía una discriminación indirecta de las personas con discapacidad, puesto que en determinados supuestos necesitan de una mayor atención de salud, seguimientos médicos más continuos, asistencia a terapias o rehabilitación, lo que en muchos casos hace que se incrementen las faltas de asistencia.

Desde Autismo España nos alegramos de la repercusión que la derogación de este artículo puede tener para las personas con TEA y sus familias. Por eso, esperamos que, desde los Grupos Parlamentarios, se convalide este Decreto-Ley que es necesario y fundamental para las personas con discapacidad y que supone un avance más en el reconocimiento de sus derechos.